1. Para las guías generadas se tiene un tiempo de reclamación máximo de 15 días hábiles desde la generación de la guía.
2. El soporte para las averías debe ser imagen del estado del empaque y de la unidad interna, estas deben ser reportadas dentro de las próximas 24 horas a partir del momento que se recibe la unidad.
3. El soporte para los trocamientos debe ser la imagen de lo que le llego, el empaque donde se evidencie el número de guía y lo que le debió llegar, estas deben ser reportadas dentro de las próximas 24 horas a partir del momento que se recibe la unidad.
4. El soporte para los saqueos debe ser imagen del estado del empaque, de la unidad interna y lo que le debió llegar, estas deben ser reportadas dentro de las próximas 24 horas a partir del momento que se recibe la unidad.
5. Para la reclamación de servicio (cobro de flete), indicar el motivo lo más claro posible, se tiene un tiempo de reclamación máximo de 10 días después del cierre logístico.
6. Para las devoluciones donde no se reconoce la firma estas deben ser reportadas dentro de los próximos 30 días a partir del momento que se reciben las unidades.
7. Para las entregas efectivas a destinatarios donde no se reconoce la firma, deben ser reportadas dentro de los próximos 5 días calendario a partir del momento en que se reciben las unidades.
8. No se aceptan reclamaciones de los productos denominados cajas misteriosas o cualquier otro donde no se especifique de manera clara el contenido detallado de lo que contiene dicha venta.
9. Para las entregas efectivas a destinatario sin un cierre logístico en la transportadora se requiere conversación con el destinatario y en esta que se evidencie el producto recibido con imagen de la guía.
NOTAS:
1. Para las guías que presenten novedad (sin movimiento – perdida) y la transportadora solicite los soportes, se da un plazo de 5 días hábiles para que sean enviados, de no ser compartidos dentro de este tiempo se entenderá que el cliente desiste de la reclamación.
2. Para unidades que se evidencie manipulación o alteración del material de empaque se debe poner dicha información en la remesa en el momento del recibido.
3. Valor reconocido en el momento de una indemnización es el valor declarado.