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DOMINA

Con la transportadora DOMINA podrás enviar tus paquetes a nivel nacional por medio de su servicio “Paquete de última milla” aquellos envíos que tengan un peso entre 1 y 8 kg. 

FLETE

DESDEHASTAURBANOREGIONALNACIONAL
0 Kg3 Kg$ 6.300$ 8.900$ 11.300
3.1 Kg5 Kg$ 10.200$ 12.800$ 16.500
5.1 Kg8 Kg$ 13.900$ 16.700$ 20.200

FLETE

DESDE HASTA URBANO REGIONAL NACIONAL
1 Kg 1 Kg $ 6.800 $ 8.800 $ 11.000
2 Kg 3 Kg $ 7.400 $ 10.000 $ 13.900
4 Kg 5 Kg $ 8.800 $ 11.000 $ 15.800
6 Kg 8 Kg $ 10.100 $ 16.200 $ 18.900

MANEJO

Es el 0% sobre el Valor Declarado para envíos declarados entre $0 y $100.000, en caso de un siniestro la transportadora indemnizará el valor declarado en la guía. 

Es el 1% sobre el Valor Declarado para envíos declarados en valores superiores a $100.001, en caso de un siniestro la transportadora indemnizará el valor declarado en la guía.

Monto máximo asegurado: El monto máximo asegurado es de $5.000.000.

COMISIÓN DE RECAUDO
(RECAUDO EN EFECTIVO Y ELECTRÓNICO)

Solo recaudo en efectivo. No se cobra en envíos que terminen como devolución. Máximo valor a recaudar: $2.000.000.

RANGOS VALOR A RECAUDAR % Mínimo URBANO Mínimo REGIONAL  Mínimo NACIONAL
DESDE HASTA
$ 1 $ 5.000.000 3,50% $ 2.000 $ 2.000 $ 2.500

COMISIÓN DE RECAUDO
(RECAUDO EN EFECTIVO Y ELECTRÓNICO)

Solo recaudo en efectivo. No se cobra en envíos que terminen como devolución. Máximo valor a recaudar: $2.000.000.

RANGOS VALOR A RECAUDAR % Mínimo URBANO Mínimo REGIONAL  Mínimo NACIONAL
DESDE HASTA
$ 1 $ 5.000.000 3,50% $ 2.000 $ 2.000 $ 2.500

DEVOLUCIONES

En todos los envíos por DOMINA que sean devolución definitiva no aplicará ningún cobro adicional, solo se cobrará el flete de ida y se cobrará la comisión de recaudo para paquetes que sean DEVOLUCIÓN.

ENVÍOS Y MERCANCÍAS DE TRANSPORTE PROHIBIDO

Lista de objetos prohibidos:

Son objetos postales prohibidos aquellos cuya circulación no se permita por motivos de seguridad, sanidad pública, utilidad general y de protección a los servicios postales. Conforme al numeral 14.3. del artículo 14 de la Resolución 3038 de 2011, los usuarios deben abstenerse de enviar los siguientes objetos postales:

  • Objetos cuyo transporte esté prohibido por la Ley.
  • Objetos cuya importación o circulación esté prohibida en el país destino.
  • Objetos que, por su naturaleza o embalaje, pongan en peligro a los empleados de los servicios postales o al público en general, o que puedan ensuciar o dañar otros objetos postales, o los equipos del operador, tales como vidrios, metales, cuchillos sin la debida protección.
  • Animales vivos.
  • El envío de papel moneda, títulos valores de cualquier tipo pagaderos al portador, platino, oro, plata, piedras preciosas, joyas y otros objetos de valor o similar naturaleza, que no se envíen asegurados. La prohibición del envío de papel moneda no opera en la admisión de dinero por parte del operador de servicios postales de pago que suministre esta clase de servicios a sus usuarios.
  • Los objetos cuyo tráfico sea constitutivo de un delito.